La Sala de Casaci贸n Social del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia N潞 233 de fecha 06 de junio de 2023, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano Roberto Jos茅 Lares Lleras contra la sociedad mercantil MHI Power De Venezuela, C.A, antes denominada MH Power Sistems De Venezuela, C.A, originalmente Hitachi De Venezuela, C.A., reiter贸 que quien "pretenda obtener un fallo contra una unidad econ贸mica y obtener la ejecuci贸n contra cualquiera de sus componentes, adem谩s de alegar y probar la existencia del grupo, debe indicar cu谩l es el ente controlante de 茅ste. Se se帽ala adem谩s, que no se requiere la citaci贸n, en nuestro caso la notificaci贸n, de todas y cada una de las entidades de trabajo que conforman la unidad econ贸mica, pues basta con la notificaci贸n de una sola de ellas".
Con respecto al pago de intereses de mora cuando la obligaci贸n principal se encuentra en moneda extranjera, "el experto proceder谩 a efectuar el c谩lculo de los intereses de mora convirtiendo la deuda a Bol铆vares a la tasa oficial para el momento que tenga lugar el pago, monto al cual le aplicar谩 las tasas de inter茅s, desde la fecha mencionada supra, a fin de obtener el monto total a pagar en Bol铆vares. En aplicaci贸n del art铆culo 8 literal a) del vigente Convenio Cambiario N° 1 (2018) emanado del Banco Central de Venezuela aplicado en sentencias anteriores por esta Sala. Del monto total arrojado por los intereses de mora, la parte demandada en la oportunidad de la ejecuci贸n podr谩 efectuar el pago en moneda extranjera, al cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela al momento del pago efectivo, monto equivalente a reflejar tambi茅n en la experticia"
Para conocer el fallo en su integridad, favor seguir el siguiente enlace.
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